• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: JOSE RUIZ RAMO
  • Nº Recurso: 692/2024
  • Fecha: 26/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia condena a los acusados como autores de un delito de robo con fuerza así como por otro delito de receptación. Los elementos del delito de receptación y su apreciación en el supuesto enjuiciado. La identificación realizada por los testigos. La prueba indiciaria del conocimiento del origen de los bienes receptados. El delito de robo con fuerza y sus circunstancias. Concepto jurisprudencial de fuerza en las cosas. Agravación por especial gravedad. Grupo criminal y su caracterización respecto de la organización criminal: la pluralidad subjetiva por la unión de más de dos personas y la finalidad criminal, es decir, la perpetración concertada de delitos. La exigencia de una mínima estabilidad. Autoría y complicidad, sus rasgos diferenciales. El cómplice como un auxiliar eficaz y consciente de los plantes y actos del ejecutor material. La complicidad se distingue de la coautoría en la carencia del dominio funcional del acto y de la cooperación necesaria en el carácter secundario de la intervención, sin la cual la acción delictiva podría igualmente haberse realizado, por no ser su aportación de carácter necesario. La agravante por empleo de disfraz.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial. Tribunal Jurado
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA VANESA RIVA ANIES
  • Nº Recurso: 52/2023
  • Fecha: 26/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Condena a un acusado como autor responsable de un delito continuado de allanamiento de morada, de un delito de quebrantamiento de medida cautelar y de un delito de robo de uso de vehículos a motor. Acusado que, teniendo vigente una orden de alejamiento que le prohíbe acercarse a la persona y domicilio de quien fuera su pareja, aprovechando que ésta se encuentra de vacaciones fuera de España, acude al domicilio y permanece en su interior, llegando a utilizar el vehículo de su pareja, sin su autorización, al acceder a las llaves que había dejado dentro del domicilio. Procedimiento de Jurado popular. Veredicto del Jurado y exigencias de motivación. Delito de allanamiento de morada. Acceso y mantenimiento en morada ajena sin autorización ni consentimiento de la persona moradora. Delito de quebrantamiento de medida cautelar. Elementos objetivos y subjetivos requeridos para la aparición del tipo penal. Robo de uso de vehículo a motor. La utilización de las llaves legítimas a las que el autor accede subrecticiamente es valorada como un elemento de fuerza necesaria para calificar el robo de uso de vehículo a motor. Lo relevante a estos fines es que la llave usada para abrir el mecanismo de protección del objeto robado, llegue a la esfera de poder y disponibilidad del autor a través de un modo que entrañe falta de autorización del propietario.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Ciudad Real
  • Ponente: MARIA ALMUDENA BUZON CERVANTES
  • Nº Recurso: 101/2024
  • Fecha: 25/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La recurrente sostiene, en términos de estricta defensa y al amparo de su derecho a no confesarse culpable, que nada sabía de las actividades de su hijo porque él vive en otra localidad distinta a la de su residencia, y no conocía sus ocupaciones, alegaciones que, señala la Sala, no pueden prevalecer ante la evidencia de las pruebas practicadas en el plenario, ya que si bien el coacusado, hijo de la recurrente, ha asumido toda la responsabilidad por lo sucedido, señalando que su madre lo único que hizo fue hacerle un favor prestándole su cuenta en una única ocasión para, según le dijo él, recibir el dinero de un amigo que él no podía recibir en su cuenta, la realidad es que, tal y como se razona y se concluye en la sentencia dictada en la instancia, la recurrente participó en la ilícita actividad por la que su hijo ha sido condenado, facilitando la cuenta corriente de la que era titular en una entidad bancaria para que se ingresara el dinero de algunas de las monterías que su hijo ofertaba y que no eran ciertas, y no una vez sino en reiteradas ocasiones, haciendo posible, con su necesaria cooperación, la comisión del delito de estafa enjuiciado, por lo que se ratifica su condena.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: MARIA ROSARIO SANCHEZ CHACON
  • Nº Recurso: 6/2024
  • Fecha: 25/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la condena por delitos continuados de allanamiento de morada y leve de hurto. El delito de allanamiento requiere: a) un elemento objetivo, entrar o permanecer en morada ajena contra la voluntad del morador o del que tiene derecho a excluir, voluntad que puede ser expresa, tácita y hasta presunta, no siendo necesario que sea expresa y directa; y b) un elemento subjetivo, dolo genérico de entrar o mantenerse en morada ajena contra la voluntad del morador cualquiera que sea el móvil que impulsa al allanamiento, sin requerirse la presencia de ningún otro especial elemento subjetivo del injusto, basta con la conciencia de la ajeneidad de la morada y de la ilicitud de la acción. Entre el delito de allanamiento y el leve de hurto se da un concurso real de delitos puesto que el bien jurídico protegido es diferente en uno y otro tipo penal.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Granada
  • Ponente: JESUS LUCENA GONZALEZ
  • Nº Recurso: 12/2023
  • Fecha: 25/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El tribunal absuelve a los acusados del delito contra la Hacienda Pública en su modalidad de elusión del pago de tributos al considerar prescritos el mismo. Se analiza la concurrencia del delito fiscal al apreciar la existencia de una maniobra encaminada a ocultar parcialmente el hecho imponible y por tanto con la intención de defraudar. También se afirma la posible existencia de un delito de insolvencia punible o en su caso de frustración de la ejecución, no de un delito fiscal, cuando la Administración Fiscal acreedora, existiendo por parte del sujeto activo una declaración o autoliquidación que atiende a la realidad, sin embargo no puede hacer efectiva la deuda porque el mismo sujeto activo lo entorpece, ocultando o disponiendo de sus bienes. La consumación del delito fiscal a efectos de cómputo de la prescripción: tratándose de defraudación del Impuesto Sobre el Valor Añadido (IVA), el delito se consuma cuando acaba el período voluntario de pago. Hasta el momento de tal consumación el obligado tributario podrá decidir pagar el impuesto, con evidente repercusión jurídica penal, pues no se entenderá cometido el delito, ni tan siquiera intentado, en relación con la tentativa y desistimiento voluntario, sin perjuicio de las consecuencias administrativas. Supuestos de delito único o plural. Ley penal y fiscal aplicable en el tiempo al haber existido cambio normativo. Cómputo del plazo penal de prescripción.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Málaga
  • Ponente: CARMEN SORIANO PARRADO
  • Nº Recurso: 251/2024
  • Fecha: 22/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia estima parcialmente el recurso de apelación al entender que no es apreciable la continuidad delictiva y sí la calificación separada de los hechos como dos delitos de robo con fuerza. La doctrina jurisprudencial sobre la unidad de acción en sentido natural, la unidad típica de acción y el delito continuado. Los requisitos exigibles para apreciar la continuidad delictiva. En el caso enjuiciado el tribunal no aprecia la existencia de continuidad delictiva en los dos hechos enjuiciados, cometidos por el mismo autor, pues el espacio temporal entre uno y otro (20 días) es suficientemente amplio para que no pueda apreciarse una sucesión cuasi inmediata que responda a un plan conjunto de actuación delictiva a desarrollar. Los requisitos exigibles para apreciar la continuidad delictiva. Los hechos enjuiciados no cumplen con los requisitos de conexión temporal y espacial necesarios para ser considerados como un delito continuado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL MARCHENA GOMEZ
  • Nº Recurso: 1778/2022
  • Fecha: 21/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Delito de robo con fuerza. Varios recurrentes. Fueron condenados por varios robos en días próximos en establecimientos comerciales fuera del horario de apertura. En los distintos recursos se alega vulneración del derecho a la presunción de inocencia por falta de prueba e infracción de ley por incorrecta aplicación de la agravante de reincidencia. Los recursos se desestiman. Se recuerda que el recurso de casación ha de proponerse como objetivo rebatir las argumentaciones vertidas en esa primera fiscalización realizada en la apelación, no combatir de nuevo la sentencia de instancia como si no se hubiese resuelto ya una impugnación por un órgano judicial como es el Tribunal Superior de Justicia. En el caso, se considera razonable la argumentación de la sentencia de apelación para desestimar el recurso de apelación previo. Se desestiman también los motivos que denunciaban indebida aplicación de la agravante de reincidencia. Examen de la agravante de reincidencia. Es preciso que consten expresamente en la sentencia los datos fácticos que acreditan la concurrencia de los requisitos exigidos por el artículo 22.8 del CP, sin que quepan dudas acerca de la posibilidad de que los antecedentes hayan sido cancelados por el transcurso de los plazos previstos en el artículo 136. La sentencia debe expresar en el relato fáctico la fecha de la sentencia anterior, el delito por el que se dictó la condena y la fecha de cumplimiento efectivo de la pena impuesta.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: ANA MARIA PILAR ALVAREZ RODRIGUEZ
  • Nº Recurso: 804/2024
  • Fecha: 21/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El acusado solicita su absolución alegando error en la valoración de la prueba. La Audiencia desestima el recurso. Señala los criterios que rigen la valoración de la prueba en apelación, y que dar más credibilidad a un testigo que a otro, o decidir sobre la radical oposición entre la versión de denunciante y denunciado es tarea de quien ve y oye lo que declaran, estando obligado a explicar cuál es la apreciación que ha realizado de todo lo que ha visto y examinado, y el por qué llega a la conclusión que expone. El apelante, partiendo de una interpretación interesada de lo actuado, denunciando supuestas contradicciones en las manifestaciones de los testigos, no constatadas, insiste en negar la realidad del maltrato animal que fue apreciado en la resolución impugnada, y ello con olvido de que la juez de instancia realiza una valoración de la totalidad de las pruebas practicadas, teniendo en cuenta todos los datos aportados al plenario. Las testificales prestadas por el agentes del Seprona, resultaron del todo punto esclarecedoras en orden a señalar el estado de encierro, abandono y las lamentables condiciones higiénicas en que mantenía al ganado que se encontraba en la explotación ganadera que regentaba. Se estima el recurso de la otra condenada. El único dato que la relaciona con los hechos es la titularidad del ganado que resultó afectado, lo que impide elevar a la categoría de dato cierto la sospecha sobre el conocimiento del abandono y desnutrición a que aquel les sometió.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: León
  • Ponente: JOSE LUIS CHAMORRO RODRIGUEZ
  • Nº Recurso: 463/2024
  • Fecha: 21/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Principio de presunción de inocencia que requiere para ser desvirtuado deslindar dos fases dentro del proceso de análisis de las diligencias probatorias que ha de hacer el juzgador, las dos siguientes, una de carácter objetivo, que se podría calificar de constatación de existencia o no de verdaderas pruebas, y otra de carácter predominantemente subjetivo, para la que habría que reservar la denominación usual de valoración del resultado o contenido integral de la prueba, ponderando en conciencia los diversos elementos probatorios. Necesaria acomodación para la determinación de la pena concreta a la calificación jurídica, esto es, la continuidad o no delictiva, y la consideración de las circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal como simple o muy cualificada.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: PABLO LLARENA CONDE
  • Nº Recurso: 3517/2022
  • Fecha: 20/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se analiza la condena por un delito continuado de agresión sexual del art. 179 del CP, a la pena de 10 años de prisión. Se denuncia la vulneración de derecho a la presunción de inocencia, si bien se desestima la alegación. En cuanto a la penalidad por el delito continuado de agresión sexual, se sustraen del régimen de punición de la continuidad delictiva aquellos hechos cuya punición separada resulte más favorable para el penado, por aplicación del artículo 77 del Código Penal. Aplicación de la LO 10/2022, como más beneficiosa.

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